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PERU
Concilio Evangelico integra Comision de la Verdad sobre violaciones a los derechos ciudadanos
LIMA, El Concilio Nacional Evangelico del Peru (CONEP) fue designado por el gobierno como uno de los integrantes de la Comision de la Verdad que se encargara de estudiar las violaciones de los derechos humanos y del derecho
internacional cometidos por el depuesto regimen de Alberto Fujimori.
La creacion de ese grupo fue anunciada oficialmente ayer, mediante una resolucion suprema publicada en el diario oficial "El Peruano". La creacion de una Comision de la Verdad fue recomendada por la Mesa de Dialogo que promovio la Organizacion de Estados Americanos (OEA) para ayudar al restablecimiento de la democracia en el Peru. La Mesa de Dialogo, en la que
participaron la OEA y representantes del gobierno, de la oposicion y de la sociedad civil, propuso una Comision de la Verdad.
El grupo especial creado estara presidido por el ministro de Justicia, Diego Garcia Sayan, y lo integraran los ministros de Defensa, general Walter Ledesma; del Interior, general de policia Antonio Ketin Vidal y de la Mujer, Susana Villaran de la Puente. Ademas, formaran parte del grupo representantes de la Defensoria del Pueblo, de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, de la Conferencia Episcopal Peruana y del CONEP.
La resolucion senala que la violencia que sacudio el pais desde 1980 produjo graves violaciones de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario, que no han recibido plena y debida atencion y que han causado grave dano a miles de peruanos. Se~nala, ademas, que establecer la verdad de esos hechos y la busqueda de salidas justas y dignas son condiciones necesarias para la reconciliacion nacional y para la construccion de la justicia.
Ademas de algunos centenares de detenidos desaparecidos, en diversos puntos del pais se ha encontrado fosas comunes con decenas de restos y se produjeron algunas matanzas de campesinos por las fuerzas del orden (Cayara, Chuschi, Ocros, etc,) y el asesinato de seis evangelicos en Callqui. Tambien hay denuncias contra el Servicio de Inteligencia Nacional, que dirigia Vladimiro Montesinos, por el asesinato de diez estudiantes de la Universidad Nacional de Educacion "La Cantuta", de unos civiles que participaban en una reunion social en Lima, del asesinato de una de sus agentes acusada de ser informante de periodistas de oposicion, y de las torturas a otra ex agente de la entidad.
Estos y otros casos nunca fueron debidamente esclarecidos, sin embargo el regimen anterior promulgo en 1995 una ley de amnistia para todos los militares involucrados en esas violaciones de los derechos humanos. A fines de octubre pasado el gobierno depuesto planteo en la Mesa de Dialogo de la OEA un acuerdo de amnistia total para los militares como
condicion para continuar el proceso de democratizacion. La renuncia de Fujimori, el 19 de noviembre, cambio abruptamente la situacion.
A continuacion el texto de la Resolucion:
ESTABLECEN GRUPO DE TRABAJO INTERINSTITUCIONAL ENCARGADO DE ELABORAR PROPUESTAS LEGISLATIVAS Y ADMINISTRATIVAS NEESARIAS PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UNA COMISION DE LA VERDAD
Resolución Suprema No. 804-2000-JUS
Lima, 9 de Diciembre de 2.000
CONSIDERANDO:
Que la justicia y la verdad son condiciones indispensables para asegurar la reconciliación nacional, dentro del declarado propósito de construir una nación libre de violaciones a los derechos humanos. Que en el desarrollo del proceso de violencia que sacudió al país desde 1980 se produjeron graves violaciones a los Derechos Humanos y al Derecho Internacional Humanitario, que no han recibido plena y debida atención y que han causado daño a miles de peruanos, incluido el asesinato, la tortura, la desaparición forzada, el desplazamiento interno y el uso de métodos terroristas.
Que es política de este gobierno enfrentar el pasado con firmeza pero sin venganza, así como mirar al futuro con una sólida convicción democrática y de reconciliación. En esa perspectiva, establecer la verdad y buscar salidas justas y dignas son condiciones indispensables para la reconciliación nacional y la construcción de la paz y la justicia en la nación.
Que estos objetivos deben cumplirse en el marco de las obligaciones que el estado peruano tiene de conformidad con los Tratados Internacionales de los que es parte así como de la Constitución y leyes vigentes;
Que resulta conveniente para estos propósitos explorar la posibilidad de crear una Comisión de la Verdad, que, tomando en consideración experiencias de otros países y la propia realidad peruana, desarrolle una propuesta integral de atención a las violaciones a los derechos humanos y el Derecho Internacional Humanitario. Esta Comisión de la Verdad, además deberá establecer fórmulas que atiendan el necesario esclarecimiento de los hechos, diseñar mecanismos de justicia, establecer una política de reparaciones y sugerir el marco bajo el cual se asegure que los hechos ocurridos en el país no se repitan jamás;
Que para crear la Comisión de la Verdad es imprescindible partir de un amplio proceso de diálogo y debate nacional que incluya a todos los sectores representativos del Estado y la sociedad civil, de modo tal que los objetivos, métodos y fines de la Comisión reflejen un consenso amplio y efectivo:
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Establézcase un Grupo de Trabajo Interinstitucional que prepare los proyectos legislativos y de otro carácter que se consideren necesarios para el establecimiento de una Comisión de la verdad. El Grupo de trabajo estará conformado de la siguiente manera.
- El Ministro de Justicia o su representante que la presidirá;
- El Defensor del Pueblo;
- El Ministro de Defensa o su representante;
- El Ministro del Interior o su representante;
- La Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, o su representante;
- La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos
- La Conferencia Episcopal Peruana; y
- El Concilio Nacional Evangélico del Perú.
Artículo 2.- El Grupo de Trabajo tiene el mandato de explorar criterios a fin de elaborar las propuestas legislativas y administrativas necesarias para el establecimiento de una Comisión de la Verdad y de proponer, asimismo, sus alcances, objetivos y organización, así como otra medida que se considere apropiada y que cumpla con los objetivos enunciados en la parte considerativa de esta Resolución.
Artículo 3.- El Grupo de Trabajo tiene un plazo de 90 días calendario contados a partir de la fecha de su instalación para presentar un Informe y Recomendaciones que incluya entre otros, los temas mencionados en al artículo anterior.
Artículo 4.- El Ministerio de Justicia prestará los servicios de Secretaría Técnica al Grupo de Trabajo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rubrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República.
DIEGO GARCIA SAYAN LARRABURE
Ministro de Justicia
14128
Av. Guzman Blanco 465. of 701